Aviso o permiso de publicidad de Cofepris: ¿Cuál te debes tener?
En el ámbito de la publicidad en el sector salud en México, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) establece dos mecanismos para regular la difusión de información: el aviso de publicidad y el permiso de publicidad. Si bien ambos persiguen el objetivo de proteger a los consumidores y garantizar la veracidad de la información publicitaria, existen diferencias sustanciales en cuanto a su alcance, requisitos y aplicabilidad.
El aviso de publicidad es un trámite que se utiliza para la promoción de productos o servicios con un menor riesgo sanitario, sobre todo para las personas físicas del sector salud.
Este aviso es para:
Actividades profesionales, técnicas, auxiliares y especialidades.
Alimentos y Bebidas no alcohólicas (por marca del producto)
Insumos para la Salud, cuando se dirija a profesionales de la salud (medicamentos o dispositivos médicos).
El permiso de publicidad es un trámite más complejo y riguroso que se exige para la promoción de productos o servicios con un mayor riesgo sanitario. El permiso de publicidad debe solicitarse con antelación al inicio de la campaña publicitaria y su vigencia varía según el tipo de producto o servicio. Algunos ejemplos de productos o servicios que requieren un permiso de publicidad son:
I. Prestación de servicios de salud, salvo cuando se trate de servicios otorgados en forma individual
II. Suplementos alimenticios y productos biotecnológicos
III. Bebidas alcohólicas
IV. Medicamentos y remedios herbolarios
V. Dispositivos Médicos (Equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos y de curación, y productos higiénicos)
VI. Servicios y procedimientos de embellecimiento
VII. Plaguicidas, excepto cuando se trate de información técnica
VIII. Nutrientes vegetales
IX. Sustancias tóxicas o peligrosas
Otra diferencia es que el aviso no tiene pago de derechos, no está sujeto a autorización, solo a observación y el permiso, si llevaba pago de derecho y si está sujeto a autorización, debe ser presencial en cofepris.
En resumen, la principal diferencia entre un aviso de publicidad y un permiso de publicidad radica en el nivel de riesgo sanitario del producto o servicio que se pretende promocionar. Para productos o servicios de bajo riesgo, el aviso de publicidad es suficiente.

