¿Cómo deducir la previsión social que le das a tu trabajador?
Las cantidades que otorgue de manera periódica por los conceptos de previsión social, son conceptos deducibles, de conformidad con la fracción III del artículo 25 de la LISR y debe cumplirse con los requisitos que, para tales efectos, establezca el artículo 27 de dicha Ley.
Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:
Los gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones.
Las deducciones autorizadas deberán reunir los siguientes requisitos:
- Que cuando se trate de gastos de previsión social, las prestaciones correspondientes se otorguen en forma general en beneficio de todos los trabajadores. Tratándose de vales de despensa otorgados a los trabajadores, serán deducibles siempre que su entrega se realice a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria.
¿Cuándo no se paga el isr de la previsión social?
No se pagará ISR por aquéllos ingresos obtenidos con motivo de subsidios por incapacidad, becas educacionales para los trabajadores o sus hijos, guarderías infantiles, actividades culturales y deportivas, y otras prestaciones de previsión social, de naturaleza análoga, que se concedan de manera general. Que se considera generalidad, se cumple cuando determinadas prestaciones de previsión social se concedan a la totalidad de los trabajadores que se coloquen en el supuesto que dio origen a dicho beneficio.
¿Cuándo no es deducible los gastos de previsión social?
- Cuando se hagan gastos a favor de tercero. No son deducibles aquellos que se realicen a favor de personas con las cuales no se tenga una relación laboral ni presten servicios profesionales.
2. Los gastos de previsión social cuando las prestaciones correspondientes no se otorguen en forma general en beneficio de todos los trabajadores.
3. Los viáticos o gastos de viaje, en el país o en el extranjero, cuando no se destinen al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje, de la persona beneficiaria del viático y que las personas a favor de las cuales se realice la erogación, deben tener relación de trabajo con el contribuyente