¿Qué es la extinción de dominio y sus efectos fiscales?
EL Artículo 3 de la Ley de Extinción de dominio dice que la extinción de dominio es la pérdida de los derechos que tenga una persona en relación con los Bienes a que se refiere la presente Ley, declarada por sentencia de la autoridad judicial, sin contraprestación, ni compensación alguna para su propietario o para quien se ostente o comporte como tal, ni para quien, por cualquier circunstancia, posea o detente los citados Bienes.
Cuales son los bienes que te puede Asegurar en caso de caer en algún supuesto de ley de extinción de dominio:
- Cuentas bancarias.
- Fondos de inversión.
- Activos en general.
- Instrumento financieros.
- Empresa o negocio.
- Bienes familiares.
- Y todo tipo de bienes que tengas, ya sean muebles o inmuebles.
¿Cómo determina la autoridad la comprobación de tus ingresos?
Para la comprobación de los ingresos, del valor de los actos, actividades o activos por los que se deban pagar contribuciones, así como de la actualización de las hipótesis para la aplicación de las tasas establecidas en las disposiciones fiscales, las autoridades fiscales presumirán, salvo prueba en contrario.
III. Que los depósitos en la cuenta bancaria del contribuyente que no correspondan a registros de su contabilidad que esté obligado a llevar, «son ingresos» y valor de actos o actividades por los que se deben pagar contribuciones.
Que pasa con esto en la ley de instituciones de créditos y ley de coordinación fiscal, faculta a la autoridad fiscal para que pueda requerir a los bancos la información del contribuyente y el la institución bancaria está obligado a presentarlo, con fundamento en el artículo 142 de ley de instituciones de créditos.
¿Cómo podemos evitar esta contingencia?
1.- Cualquier dinero que entre a la cuenta bancaria que tenga un soporte.
2.- Que tenga una razón de negocio.
3.- Que sea de un origen licito.
4.- Que puedas acreditar donde fue obtenido el recurso o entrada de dinero.
5,- Tener un contrato de tus operaciones como parte de tus entregables.
6.- Que este relacionado con tus actividades fiscales.
En el Corporativo Vegarubin & Asoc estamos para apoyarte con toda la asesoría necesaria para tu negocio o empresa, no dudes en comunicarte con nosotros.

