El ISR de las personas físicas y sus efectos fiscales.

El ISR de las personas físicas y sus efectos fiscales.

LISR 90. Están obligadas al pago del impuesto establecido en este Título, las personas físicas residentes en México que obtengan ingresos en

  • efectivo,
  • en bienes,
  • devengado cuando en los términos de este Título señale,
  • en crédito,
  • en servicios en los casos que señale esta Ley, o
  • de cualquier otro

También están obligadas al pago del impuesto, las personas físicas residentes en el extranjero que realicen actividades empresariales o presten servicios personales independientes, en el país, a través de un establecimiento permanente, por los ingresos atribuibles a este.…

 

Se consideran ingresos obtenidos por las personas físicas, … Las cantidades que perciban para efectuar gastos por cuenta de terceros, salvo que dichos gastos sean respaldados con comprobantes fiscales a nombre de aquel por cuenta de quien se efectúa el gasto.

 

No se consideran ingresos obtenidos por los contribuyentes, los rendimientos de bienes entregados en fideicomiso, en tanto dichos rendimientos únicamente se destinen a fines científicos, políticos o religiosos o a los establecimientos de enseñanza y a las instituciones de asistencia o de beneficencia, señalados en la fracción III del artículo 151 de esta Ley, o a financiar la educación hasta nivel licenciatura de sus descendientes en línea recta, siempre que los estudios cuenten con reconocimiento de validez oficial.

Tratándose de ingresos provenientes de fuente de riqueza ubicada en el extranjero, los contribuyentes no los considerarán para los efectos de los pagos provisionales de este impuesto, salvo lo previsto en el artículo 96 de esta Ley (Trabajadores de organismos internacionales o que perciben remuneraciones del extranjero)

 

Las personas físicas residentes en el país que cambien su residencia durante un año de calendario a otro país, considerarán los pagos provisionales efectuados como pago definitivo del impuesto y no podrán presentar declaración anual (RRM 2.5.2.).

 

  • El artículo 151 de la LISR establece que las personas físicas para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo, las siguientes deducciones personales:
  • Transportación escolar obligatoria
  • Honorarios médicos y gastos hospitalarios
  • Gastos de funerales
  • Donativos
  • Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios para casa habitación
  • Aportaciones complementarias  de retiro, a planes personales de retiro o a               la subcuenta de aportaciones voluntarias
  • Primas por seguros de gastos médicos.
  • Los pagos efectuados por concepto del impuesto local sobre ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, siempre que la tasa de dicho impuesto no exceda del 5%.

 

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