Todo lo que debes saber sobre el riesgo de trabajo en la seguridad social.
La ley federal del trabajo en su artículo 3 nos dice:
El trabajo es un derecho y un deber social. No es artículo de comercio, y exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta.
¿Qué son los riesgos de trabajo?
Riesgos de trabajos son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.
- Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.
- Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.
No se consideran riesgos de trabajo en los siguientes casos:
- Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador en estado de embriaguez;
- Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador bajo la acción de algún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción médica;
- Si el trabajador se ocasiona intencionalmente una lesión por sí solo o de acuerdo con otra persona; y
- Si la incapacidad es el resultado de alguna riña o intento de suicidio.
SI esto llegara a pasar el patrón queda en todo caso obligado a prestar los primeros auxilios y a cuidar del traslado del trabajador a su domicilio o a un centro médico.
Consecuencias de los accidentes de trabajo para la empresa:
- Costos, se incrementa la prima.
- Emisión de capitales constitutivos.
- Requerimiento de informes de siniestro ocurridos.
- Rectificación de prima antes el seguro social.
Espero les sea de valor este blog, Síguenos para más consejos legales, nada de este blog se considera una asesoría, ya que cada asunto tiene sus particularidades.
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