¿Sabías estos impactos económicos de la reforma de las vacaciones?

¿Sabías estos impactos económicos de la reforma de las vacaciones?

 

Impacto de reforma laboral de vacaciones, en la economía de la empresa.

 

El 27 de diciembre de 2022, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el acuerdo por el cual se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo en materia de vacaciones. Estos criterios entro en vigor el 1 de enero de 2023.

 

Con la mencionada reforma se duplicó de 6 a 12 días el mínimo de vacaciones al que tienen derecho las personas que trabajan en el sector privado formal, el cual aumentará en dos (2) días laborables, hasta llegar a veinte, por cada año subsecuente de servicios.

 

A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

 

La reforma que estamos comentando, tiene un impacto al menos en tres aspectos, a saber:

En materia laboral, de seguridad social, y por supuesto en materia fiscal.

 

El rubro laboral se verá alterado, debido al mayor número de días de vacaciones, ya que la prima vacacional se calcula con el sueldo diario del trabajador, por la cantidad de días de vacaciones (mínimo 12 con la reforma) el cual se multiplica por 0.25.

 

Incluso, en el supuesto de una liquidación laboral por despido injustificado o finiquito se debe integrar la parte proporcional de la prima vacacional, con lo cual se incrementa la carga laboral a las empresas.

 

En materia de seguridad social se repercute también a las empresas, debido a que el salario base de cotización, que sirve como referencia para el cálculo de los seguros, integra, dentro de los conceptos que acumulan, las cantidades que pague el empleador a sus trabajadores por concepto de prima vacacional.

 

Ahora bien, en materia de ISR también se genera una alteración en perjuicio del trabajador, y de flujo para la empresa, ya que en el artículo 109 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR) si bien se establece la exención del pago del impuesto al recibir una prima vacacional inferior a los 15 días de salario mínimo, si se supera esa cantidad, al restante se le descontará un monto correspondiente al ISR.

 

 

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