En qué supuestos pagan impuestos los residentes en el extranjero.

En qué supuestos pagan impuestos los residentes en el extranjero.

Tipos de ingresos por los cuales se paga el impuesto:

1.- Ingresos por sueldos y salarios:

Se considerarán únicamente los ingresos por salarios y demás prestaciones derivadas de la relación laboral que sean atribuibles a la actividad desarrollada en territorio nacional por el residente en el extranjero, incluyendo cualquier otro ingreso proveniente de dicha relación laboral, incluso cuando sea de los comprendidos en el artículo 93 de la Ley.

2.- Ingresos por pensiones o jubilaciones:

Tratándose de ingresos por jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, incluyendo las provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez prevista en la Ley del Seguro Social, las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y los ingresos derivados del beneficio previsto en la Ley de Pensión Universal.

Cómo pagan el ISR los extranjeros:

Las personas físicas residentes en el extranjero obligadas al pago del Impuesto podrán optar por efectuar el pago del gravamen en cualquiera de las formas siguientes:

 

I.Mediante retención y entero que les efectúe la persona física o moral residente en el extranjero que realiza los pagos por concepto de salarios y en general por la prestación de su servicio personal subordinado, para lo cual dicho retenedor deberá presentar ante la autoridad fiscal correspondiente, en escrito libre, solicitud de inscripción como retenedor al RFC.

II.Mediante entero que realice la persona residente en México en cuyas instalaciones se prestó el servicio personal subordinado,

III.Mediante entero que realice el representante en el país del residente en el extranjero que reúna los requisitos establecidos en el artículo 174 de la Ley y asuma la responsabilidad solidaria del pago del Impuesto, a cargo de dicho residente en el extranjero, en términos del Código Fiscal.

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