¿Que pasa si no estoy localizado para el SAT, en el domicilio fiscal?
El primer estatus del domicilio fiscal se da cuando se manifiesta ante el RFC al momento de la inscripción, o bien, cuando se presenta el aviso de cambio de domicilio y en tu RFC puede aparecer como:
Sin verificar.
Estatus verificado. Localizado, No localizado
¿Cuáles son las consecuencias legales por no estar localizado para el SAT su domicilio fiscal?
La autoridad fiscal podrán restringir temporalmente el uso de los sellos digitales cuando:
Durante el Procedimiento Administrativo de Ejecución no localicen al contribuyente o desaparezca.
Detecten que el contribuyente no puede ser localizado en su domicilio fiscal, desaparezca durante el procedimiento o desocupe su domicilio fiscal sin presentar el aviso.
Ahora son responsables solidarios con los contribuyentes:
Los socios o accionistas cuando la persona moral incurra en:
En el cambio de su domicilio sin presentar el aviso correspondiente.
No se localice en el domicilio fiscal registrado ante el Registro Federal de Contribuyentes.
Son infracciones relacionadas con el registro federal de contribuyentes las siguientes:
No presentar los avisos al RFC o hacerlo extemporáneamente, salvo cuando la presentación sea espontánea.
Señalar como domicilio fiscal, para efectos del registro federal de contribuyentes, un lugar distinto del que corresponda conforme al Artículo 10.
No presentar aviso de cambio de domicilio o presentarlo fuera de los plazos que señale el Reglamento de este Código, salvo cuando la presentación se efectúe en forma espontánea.
Se impondrá sanción de tres meses a tres años de prisión, a quien: V. Desocupe o desaparezca del lugar donde tenga su domicilio fiscal, sin presentar el aviso de cambio de domicilio al registro federal de contribuyentes, después de la notificación de la orden de visita domiciliaria o del requerimiento de la contabilidad, documentación o información,
La autoridad fiscal procederá a la inmovilización de depósitos bancarios, de acuerdo con lo siguiente: Tratándose de créditos fiscales que se encuentren impugnados y no estén debidamente garantizados, procederá la inmovilización en los siguientes supuestos: a) Cuando el contribuyente no se encuentre localizado en su domicilio o desocupe el local donde tenga su domicilio fiscal sin presentar el aviso de cambio de domicilio al registro federal de contribuyentes.

