Últimas novedades del comercio electrónico y firma electrónica.
¿Qué es el comercio electrónico?
Es el intercambio de bienes y servicios con fines de lucro vía Internet, presenta retos para todo el mundo, ya que se involucran aspectos que van desde los económicos (COMO lo SON LOS pagos, la entrega de mercancías y la prestación de servicios), hasta la protección de datos de los clientes, pasando por áreas como los impuestos y aspectos como los tecnológicos.
¿Qué tipo de comercio electrónico existen?
Los más comunes son: Business-to-Consumer (B2C)
ES el comercio de empresas a particulares. En este caso las empresas ofrecen sus servicios o productos a través de la web.
Business-to-Business (B2B)
El B2B son transacciones de empresa a empresa. Es uno de los tipos de comercio electrónico más habituales.
bisness to imploi Business-to-Employee (B2E)
En este caso se establece una relación entre empresa y empleado. Las compañías, a través de su Intranet, pueden ofrecer a sus trabajadores ofertas o productos con condiciones especiales.
Consumer- Business (C2B)
Una transacción menos habitual es el comercio de cliente a empresa, dando la vuelta al concepto tradicional B2C. es un modelo de negocio por el que el consumidor crea valor para la empresa. Este tipo de relación se da, por ejemplo, cuando un influencer recomienda un enlace a la venta de un producto y recibe un pago de parte de la compañía por compartirlo.
Consumer-to-Consumer (C2C)
Al establecer una relación comercial de cliente a cliente hablamos de C2C. El caso de eBay o Wallapop son ejemplos de herramientas que permite establecer relaciones C2C. Son los propios particulares quienes ofrecen sus productos y establecen un precio, y son otros particulares quienes adquieren estos bienes.
¿Cuáles son las normas que lo regulan?
Son el código civil federal, comercio, código federal de procedimientos civiles, ley federal de protección al consumidor, LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA y las diferentes normas oficiales mexicanas.
¿Qué reformas se hicieron en comercio electrónico?
el 29 mayo del 2000 se reformó:
Código civil Federal y se reconoce el consentimiento, la forma escrita en los contratos y los actos jurídicos otorgados por fedatarios públicos por medios electrónico.
En el art. 1803 encontramos la manifestación de la voluntad por medios electrónicos
“Artículo 1805. la oferta hecha por teléfono o a través de cualquier otro medio electrónico, óptico o de cualquier otra tecnología que permita la expresión de la oferta y la aceptación de ésta ean forma inmediata, según que la oferta-aceptación se produzca o no de forma inmediata; con lo que parece apuntar la reserva de contratos entre presentes, mas conocidos en la práctica electrónica, como contratos cerrados en línea
art 1811 Tratándose de la propuesta y aceptación hechas a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología no se requerirá de estipulación previa entre los contratantes para que produzca efectos.”
En el código federal de procedimientos civiles se reconoce como prueba los medios electrónica y los documentos presentados en su forma original por medios electrónicos.
En su artículo 201-a Se reconoce como prueba la información generada o comunicada que conste en medios electrónicos, ópticos o en cualquier otra tecnología. Para valorar la fuerza probatoria de la información se debe comprobar la fiabilidad del método en que haya sido generada, comunicada, recibida o archivada
En el código de comercio
Aceptación de medio electrónico para contratar y como prueba en juicio.
ARTICULO 80. Los convenios y contratos mercantiles que se celebren por correspondencia, telégrafo, o mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, quedarán perfeccionados desde que se reciba la aceptación de la propuesta o las condiciones con que ésta fuere modificada.”
En su Artículo 89 bis.- No se negarán efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria a cualquier tipo de información por la sola razón de que esté contenida en un Mensaje de Datos, en la NOM 051 encontramos toda la regulación de la conservación de los mensajes de datos, así como los requisitos para cumplir en la digitalización de toda o parte de la documentación relacionada con el negocio. como es esto, mediante un sofware de preferencia con tecnologia Blockchain, ya que es una de las tecnologias menos propensas al hakeo, combierte el texto en bloques de codigos encrptados.
Dirán que pasa con los contratos que la ley exige que sean escritos en la modificación al art 93 dice que para los actos, convenios o contratos, que la ley exija su forma escrita, se tendrá por cumplido tratándose de Mensaje de Datos, siempre que la información en él contenida se mantenga íntegra y sea accesible, osea que no alla tenido moficaciones o algun jaqueo.
Ley fed de protección al consumidor
en su art 76 bis nos dice los requisitos que debe de cumplir los comerciantes que ofertan bienes o servicio por internet los cuales son: confidencialidad, seguridad, teléfono y domicilio, términos y condiciones, no enviar avisos comerciales, evitar prácticas engañosas, información clara y suficiente.
Este artículo fue ampliado con la norma mexicana CEO. oo1 que te explica de una forma detallada los requitos con los que debe de contar tu plataforma digital.
En la Reforma en el area fiscal
A partir del 1 de junio de 2020 entra en vigor:
ISR: Título IV, Capítulo II, Sección III los ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas,
IVA: Capítulo III Bis, Sección II “De los servicios digitales de intermediación entre terceros”
Así también, se encuentra prevista la posibilidad de contratar de manera electrónica con las instituciones de crédito, como está regulado en el artículo 52 de la Ley de Instituciones de Crédito.
Cabe señalar que la Ley Modelo para el Comercio Electrónico de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) fue decisiva para las reformas a la legislación mexicana en materia de comercio electrónico, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo del 2000. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=2055516&fecha=29/05/2000
¿Dónde podemos encontrar la regulación de los contratos electrónicos?
El contrato electrónico se encuentra establecido en el artículo 1796 del Código Civil Federal, donde se estipula que los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, excepto aquéllos que deben revestir una forma establecida por la ley. Al respecto, este mismo ordenamiento contempla, en su artículo 1803, la posibilidad de que el consentimiento se exprese por medios electrónicos.
Cuando la legislación exige que el contrato no sólo conste por escrito, sino que contenga la firma de los contratantes, existen métodos que permiten la celebración por medios electrónicos, caso concreto podemos citar la fracción V del artículo 200 de la Ley del Mercado de Valores, señala que cuando las partes convengan el uso de medios electrónicos para el envío, intercambio y confirmación de las órdenes y avisos habrán de precisar las claves de identificación recíproca y las responsabilidades que conlleve su utilización.
¿Formas en celebrar un contrato electrónico?
En la práctica es común que se celebren contratos electrónicos sin que se precise el momento en que se perfecciona el consentimiento. Ante esto hay legislaciones que dan por concluido un contrato cuando existe un acuse de recibo sobre la aceptación que previamente se haya hecho. De esta forma se requieren los siguientes pasos para dar por concluido el contrato: • Una oferta hecha por la web. • Al llenar el formulario y hacer “ Click” en “Acepto”, el contrato es aceptado. por telefono, • Un correo electrónico automático es enviado al oferente a modo de acuse de recibo. el consentimiento no nace cuando la entrega se realiza, sino desde el momento en que el aceptante virtual está de acuerdo con la propuesta del oferente virtual y da a conocer su respuesta de aceptación.
¿Qué es la firma electrónica o firma electrónica avanzada?
La firma electrónica es un conjunto de datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos o adjuntos por cualquier tecnología y produce los mismos efectos jurídicos.
¿Cuáles son los Elementos comunes de la firma electrónica?
Está formada por datos, sonidos o símbolos electrónicos, que están asociados a un documento.
¿Cuáles son las diferentes firmas electrónicas?
Hay varios términos que son un poco confuso como lo son firma digital, firma electrónica, criptografía, certificado digital, firma biométrica y firma avanzada.
Las firmas electrónicas son varias como lo son:
La biométrica que puede ser voz, iris o huella digital.
El Usuario y contraseña
Firma digital que en nuestra norma es firma electrónica avanzada o fiable, que puede ser por medio de criptografía, llave publica, llave privada o certificado digital.
¿Cómo es que funciona una firma electrónica avanzada?
Las firma electrónica avanzadas se crean mediante un software que convierte el texto en un mensaje de datos encriptado. por ejemplo la fiel que nos dan en el SAT.
¿Qué son los prestadores de servicio de certificación?
La persona o institución pública que preste servicios relacionados con firmas electrónicas, expide los certificados o presta servicios relacionados como la conservación de mensajes de datos, el sellado digital de tiempo y la digitalización de documentos impresos, en los términos que se establezca en la norma oficial mexicana sobre digitalización y conservación de mensajes de datos que para tal efecto emita la Secretaría.
¿Para qué sirve la firma?
Declarar el consentimiento, autoría ,es una declaración unilateral de la voluntad como por ejemplo los pintores que ponen sus firmas en sus pinturas, confirmación que tiene el autor con el contenido del texto firmado por eso es que van las firma debajo del texto, también sirve para demostrar la autenticidad o integridad de un documento, para identificar una persona.
¿Qué debe de contener esencialmente una tienda en línea?
- Política o Aviso de privacidad.
- Términos y condiciones de uso de la plataforma y de servicios o productos
- Seguridad de datos personales y datos financieros.
- Domicilio físico y número telefónico fijo.
- Descripción detallada de bienes o servicios.
- Costos totales e impuestos.
- Información sobre formas de pago.
- Condiciones de envío o entrega.
- Condiciones de cancelación, devolución o cambio.
¿Por qué debes de tener estos requisitos mínimos en tus plataformas digitales?
PROFECO monitorea Tiendas Virtuales y páginas en donde se realiza comercio electrónico, en términos de la Ley Federal de Protección al Consumidor y de la Norma Mexicana de Comercio Electrónico. Es un programa permanente que se encarga de revisar el cumplimiento de los derechos de los consumidores y obligaciones de los proveedores en las transacciones efectuadas a través del uso de medios electrónicos. Los reportes del monitoreo se actualiza cada 15 días.
El Monitoreo de Tiendas Virtuales se divide en dos etapas durante el año: en el primer semestre, cada quincena se actualizan los sitios que están disponibles en la base de datos del programa, y para el segundo semestre, quincenalmente se incorporan nuevos sitios, a través de búsquedas programadas. Además, se añaden sitios en cualquier momento del año de acuerdo con solicitudes recibidas a través de las denuncias del consumidor.
¿Cuáles han sido las mayores tendencias en el comercio electronico?
Tras covid se incrementó las ventas en línea un 90% las mayores tendencias son
Ventas por medio de el celular en 45%
Inteligencia artificial:
Voice ecommerce: Que es de las búsquedas por internet realizado por voz.
Métodos de pago: como activos digitales como la criptomoneda, codigo QR, los sistemas de pagos como mercado pago y paypal.
Las plataforma fintech, como las wallet, crowfonding, etc.
- Big data o macrodatos Lo que hace tan útil para muchas empresas es el hecho de que proporciona respuestas a muchas preguntas que las empresas ni siquiera sabían que tenían. En otras palabras, proporciona un punto de referencia. Con una cantidad tan grande de información, los datos pueden ser moldeados o probados de cualquier manera que la empresa considere adecuada. Al hacerlo, las organizaciones son capaces de identificar los problemas de una forma más comprensible.
- Blockchain En los últimos años, la tecnología blockchain o de cadena de bloques ha sido una tendencia muy popular que ha tenido mucha repercusión en los medios. Esta tecnología permite codificar datos de manera segura sin que se necesite de un organismo de control central. Al ser la tecnología más segura para bancos de datos, la tecnología blockchain ha hecho realidad la conocida criptomoneda bitcoin.
- Chatbots son conversacionales son una tecnología inteligente basada en el aprendizaje automático. Los clientes chatean en un entorno virtual con un algoritmo y no con una persona ç
Inteligencia Artificial y machine learning: Esta Tecnología es capaces de optimizar las compras por Internet, de enriquecer la experiencia de los clientes y de procesar una cantidad de datos fruto del comercio electrónico. La Inteligencia Artificial (IA) es un área de la informática que desarrolla sistemas inteligentes. Máquinas capaces de comportamientos y tomas de decisiones propias de la inteligencia humana, como el lenguaje natural, reconocer a una persona por su cara, por su voz, poner en contexto una serie de datos o información.
El machine learning, permite programar sistemas para adoptar decisiones automáticas a partir del análisis de grandes cantidades de datos. Identifican patrones, aprenden y convierten los datos en prediciciones. Un aprendizaje que además de conversión puede atraer fidelización a los clientes.
¿Cuáles son los ciberataques más comúnes después de covid?
Algunas formas de ataques son a través de correos electrónicos mensajes malware (software malicioso) y phishing (robo de información como claves y contraseñas). Los ciberdelincuentes utilizan tácticas basadas en el miedo para engañar a los usuarios y descarguen malware.
En ciberataques, los siguientes están relacionados con la COVID-19:
- Falsos mensajes de organizaciones de la salud
- Sitios web que venden productos fraudulentos
- Ofertas financieras fraudulentas
- Falsas solicitudes de donaciones benéficas
- Falsas fuentes gubernamentales
Tambien la procuraduria y profeco hicieron un convenio que aun no sacan las reglas para empezar a poner sellos digitales en las paltaformas digitales para que el consumidor tenga conocimiento de si cumple o no con el marco de la ley. con la intención de prevenir delitos cibernéticos y por Internet.
¿Como realizar transacciones electrónicas seguras e inteligentes?
- Comprar en sitios web conocidos
- Procurar no usar computadoras públicas o conectarse desde una red Wi-Fi pública o abierta.
- Nunca seleccionar la opción “recordar contraseña” cuando se registre en una computadora pública.
- Asegurarse que la dirección del sitio (URL) comience con https:// lo que indica que la transferencia de datos entre su dispositivo y el sitio al que está conectado es segura.
- Verificar las redes sociales del sitio
- Revisar los comentarios de otros compradores y las calificaciones que otorgan
- Leer la política de privacidad y verificar si enviarán publicidad que no se desea
- Examinar la descripción del producto, condiciones de envío, entrega, devolución y cambio
- Conocer los métodos de pago
- Guardar el comprobante que se genere por la compra
- Si al recibir el bien o servicio, éste no satisface las características acordadas (que sea distinto al ordenado o que esté defectuoso), puede presentar una reclamación o inconformidad.
- Leer terminos y condiciones.
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