El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), es el impuesto que se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cerveza y tabacos. El IEPS es un impuesto indirecto, por tanto, los contribuyentes no lo pagan, lo trasladan o cobran a sus clientes, ojo aquí en cada uno de estos productos que les dejare una tabla de la cantidad que pagamos por cada uno de estos artículos, no lo vemos porque ingresado en el precio, pero es algo que pagamos el consumidor final.
¿Cuáles son los sujetos del IEPS?
- Bebidas con contenido alcohólico y cerveza
- Tabacos labrados
- Diesel
- Refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantes
A continuación podrán checar las tablas de los porcentajes para determinar el IEPS a pagar en el ejercicio 2018 para los contribuyentes que opten por el Régimen de Incorporación Fiscal, tras la publicación del Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2018.
Tabla de porcentajes para determinar el IEPS a pagar 2018
¿Qué sujetos están exentos del IEPS?
- Aguamiel y derivados
- Comercializadores (no productores) del tabaco labrados gasolinas y diesel, cerveza, bebidas refrescantes, puros y otros tabacos labrados.
- Bienes que se encuentran sujetos al régimen aduanero.
¿Qué tasas se mantienen en el IEPS de 2018?
IEPS 2018: Bebidas con contenido alcohólico y cerveza
- Graduación alcohólica de hasta 14º GL: 26.5%.
- Graduación alcohólica de más de 14º y hasta 20º GL: 30%.
- Graduación alcohólica de más de 20º GL: 53%.
IEPS 2018: Alcohol
- Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables: 50%.
IEPS 2018: Tabacos labrados
- Cigarros: 160%.
- Puros y otros tabacos labrados: 160%.
- Puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano: 30.4%.
IEPS 2018: Bebidas energetizantes
- Tanto las bebidas energizantes como los concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energetizantes: 25%.
IEPS 2018: Bebidas saborizadas
- Bebidas saborizadas (concentrados, polvos, jarabes, esencias o extractos de sabores, que al diluirse permitan obtener bebidas saborizadas) y jarabes o concentrados para preparar bebidas saborizadas que se expendan en envases abiertos utilizando aparatos automáticos, eléctricos o mecánicos, siempre que los bienes a que se refiere este inciso contengan cualquier tipo de azúcares añadidos. Se aplicará una cuota de $1.00 por litro.
IEPS 2018: Plaguicidas
- Categoría 1 y 2: 9%.
- Categoría 3: 7%.
- Categoría 4: 6%.
IEPS 2018: Alimentos no básicos
- Alimentos no básicos con una densidad calórica de 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos: 8%.
Ahora que ya conoces los impuestos que deberás pagar si consumes este tipo de productos (bebidas con contenido alcohólico y cerveza, tabacos, diesel, refrescos y bebidas hidratantes).



