¿Qué es la publicidad engañosa y cómo la puedes combatir?
Según nuestra LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR se entiende por información o publicidad engañosa o abusiva aquella que refiere características o información relacionadas con algún bien, producto o servicio que pudiendo o no ser verdaderas, inducen a error o confusión al consumidor por la forma inexacta, falsa, exagerada, parcial, artificiosa o tendenciosa en que se presenta.
Ejemplo de una publicidad engañosa en el área gastronómica:
La foto que ve el consumidor en las redes o comerciales: 
Todos consumidor que vea esta hamburguesa es muy apetecible, y rápido dices voy a visitar ese lugar o voy a pedir para llevar.
Y esta es la hamburguesa que realmente recibe el consumidor 
A esto le llamamos publicidad engañosa, ya que me dices que es un producto y me entregas otro, el comercio puede ser sancionado por esto si el consumidor lo demanda ante PROFECO.
Las leyendas de que han sido avalados, aprobados, recomendados o certificados por sociedades o asociaciones profesionales, cuando éstas carezcan de la documentación apropiada que soporte con evidencia científica, objetiva y fehaciente, las cualidades o propiedades del producto o servicio, que significa esto que para que tenga esas menciones tiene que tener la documentación o acreditación de los mismos si no puedes ser sancionado.
Cuando se vendan productos con alguna deficiencia, usados o reconstruidos, deberá advertirse de manera precisa y clara tales circunstancias al consumidor y hacerse constar en los propios bienes, envolturas, notas de remisión o facturas correspondientes.
– Las leyendas “garantizado“, “garantía” o cualquier otra equivalente, sólo podrán emplearse cuando se indiquen en qué consisten y la forma en que el consumidor puede hacerlas efectivas.
Cuando se trate de productos o servicios que de conformidad con las disposiciones aplicables, se consideren potencialmente peligrosos para el consumidor o lesivos para el medio ambiente o cuando sea previsible su peligrosidad, el proveedor deberá incluir un instructivo que advierta sobre sus características nocivas y explique con claridad el uso o destino recomendado y los posibles efectos de su uso, aplicación o destino fuera de los lineamientos recomendados.
¿De qué manera puedes ser sancionado o revisado por parte de PROFECO?
- Porque el consumidor o un tercero denuncie tu publicidad.
- Que PROFECO detecte como estas publicitándote de una manera incorrecta que viole las disposiciones de esta ley.
¿Qué tipo de sanciones tendrías?
- Además de una Multa punitiva.
- Tendrás que cumplir con lo ofrecido.
- Si no es posible cumplir con lo ofrecido tendrás que reposición de los gastos necesarios.
- En su caso, el pago de una bonificación o compensación.
- Daños y prejuicios en caso de que no advierta la consumido que tú productos es peligroso o nocivo.
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